LOS PODERES
UNILATERALES DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL TERRITORIO COLOMBIANO
Basándonos en
la Ley 80 de 1993 por la cual, se expide el Estatuto general de contratación de la administración publica en Colombia, se puede decir
que dentro de esta modalidad de contratación estatal existen varias
clasificaciones, interpretaciones, motivación, escepticismo y más fuerte aun controversia;
por ende, la administración publica tiene ciertas clausulas para la contratación
en la cual están estipulas en dicha norma.
Cuando se dice poder hablamos de la autoridad
competente que esta encargada de realizar estos trabajos o contrataciones que
requiere dentro de los suministros que la entidad exponga al estado, la
clausula de interpretación unilateral por la cual dice que si dentro de la ejecución
del contrato exista algún tipo de discrepancia que afecte alguna de las partes
esta interpretación se realizara para la satisfacción del acuerdo interpretando
un acto administrativo (Articulo 15).
Otra clausula
es la de modificación unilateral, como se estipula dentro del código civil las
obligaciones de los contratos de igual forma antes de la ejecución de la contratación
se podrá realizar variaciones en dicho contrato y esto sucede si las partes no
llegan a un acuerdo o insatisfacción, también se debe tener en cuenta que las modificaciones
alteran en valor del contrato por ende, se adoptaran medidas necesarias para la
terminación y liquidación de el objeto principal que depende el contrato (Articulo
16)
La cláusula
de terminación unilateral, es simplemente el termino de dicha contratación en
la cual se Deberá estipular de manera clara, la motivación, la causa, la
competencia, interdicción, y la declaración para que esta contratación estatal.
En la cual se inicien los tramites legales que la ley específica, y de igual
forma se debe tener en cuenta Las obligaciones que se adquirió al principio de
la licencia (Articulo 17).
Para concluir
la contratación estatal posee un numero variado de cláusulas para la ejecución y
administración de el mismo, por lo tanto, en esta pequeña columna damos a
conocer tres clausulas que se deben de estipular en los contratos para el
cumplimiento de un objetivo específico.
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