Organización Estatal
Desglozando y profundizando en el tema de la función administrativa, el artículo 209 constitucional, nombra los principios de la misma, los cuales se conocen como igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, y que se deben cumplir mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones, artículo que al mismo tiempo es el fundamento constitucional de esta organización administrativa, y que podemos complementarlo con el artículo primero, que a la letra dice: "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista..."
Pero y... ¿Qué es desconcentración?, ¿Qué es delegación?, ¿Qué es descentralización?l) En la desconcentración se asignan competencias y funciones fuera de la sede principal, se crean sedes en el territorio pero estas siguen respondiendo a la autoridad y autonomía de la sede principal; en la ll) descentralización, el poder central se descentraliza de acuerdo con las competencias, permite el poder de decisión, la autonomía administrativa, patrimonial y un régimen propio. Dentro de esta hay 3 tipos: Territorial, las cuales son las entidades territoriales como los departamentos, municipios, provincias, etc; especializada o por servicios que son las empresas que brindan servicios públicos y por colaboración, que son aquellos particulares que prestan sus servicios al estado como las notarías; y lll) Delegación, donde un funcionario de mayor jerarquía transfiere funciones a uno de menor jerarquía, y esta puede darse de forma propia e impropia.
Visto lo anterior, podremos comprender que los tipos de empleos son por: l) carrera dministrativa, ll) Trabajador oficial, lll) elección popular y lV) libre nombramiento y remosión, dentro de los cuales se pueden presentar diferentes situaciones administrativas, que pueden ser: l) licencias, ll) permisos, lll) comisión de servicios, lV) comisión de estudios, V) encargos, Vl) vacaciones, Vll) liquidaciones y Vlll) primas.
Entonces, el Estado tiene relación con la sociedad a través de la actuación administrativa y la sociedad presenta la función administrativa ante el estado por medio de los servidores públicos, he ahí la importancia de estos.
Sin embargo, la actuación administrativa tiene unas etapas, un proceso preestablecido en un orden que a su vez garantiza el debido proceso, la igualdad procesal, entre otros principios. En este orden de ideas, cuando un ciudadano quiere presentar una actuación administrativa, l. Radica la solicitud en el despacho correspondiente, ll. La entidad realiza un análisis jurídico preliminar, donde se puede bien a) ordenar el inicio de la actuación administrativa, b) direccionar la solicitud a la dependencia, o c) concluir que no es competente iniciar la actuación administrativa, lll. Se determina si es viable la actuación, lV. Se conforma un expediente, V. Se proyecta y expide el auto de inicio, Vl. Se comunica el auto, Vll. Se realiza la sustanciación, Vlll. Procede la etapa probatoria, lX. Se expide la resolución, X. Se da revisión a la resolución decisoria, Xl. Expide la resolución de decisión, Xll. Se notifica la decisión, Xlll. Procede recurso contra acto administrativo, XlV Conclusión de procedimiento ante primera instancia, XV. Decide la segunda instancia.
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