MEDIOS DE
CONTROL DEL CPACA
En el
ordenamiento colombiano existen controles que se derivan de los actos
administrativos referentes a la administración; por ende, en este capítulo se estará
exponiendo cuales son estos recursos que se tienen en la administración para un
buen funcionamiento de estas actuaciones. La administración puede dar
iniciativa para la ejecución o desarrollo de un acto siempre y cuando este
viole o vulnere el ordenamiento jurídico involucrando la legitimidad de la Constitución
Política de Colombia, en el Código de Procedimientos Administrativos de lo
Contencioso Administrativo, en el titulo III desde el articulo 135 en adelante
expone cuales son los medios de control de dichos actos. No obstante, podemos dar
a conocer de una forma sutil y amable al lector el siguiente listado:
1. Nulidad
2. Legalidad
3. Nulidad y establecimiento del
derecho
4. Nulidad electoral
5. Reparación directa
6. Controversias contractuales
7. Acción de repetición
8. Perdida de investidura
9. Protección de los intereses y derechos
colectivos
10. Reposición de los perjuicios
causados
11. Cumplimiento de normas de forma
material de ley o de actos administrativos
12. Nulidad de las cartas de naturaleza y
de las resoluciones de autorización de inscripción
13. Control por vía de excepción
14. Control jurisdiccional de los fallos
de responsabilidad fiscal
Estos 14
puntos reflejan la distribución dependiendo de la situación de ilegalidad que
pueda general un acto, en dicho caso estos son los medios de control que tiene
la administración para objetar cuando sea pertinente y necesario. sin embargo,
en este caso queremos repetir la importancia que tienen estos medios para la realización
obstructiva de dichos actos administrativos que van en contra del ordenamiento jurídico
que es el que opera en el territorio colombiano. Para culminar, se debe aclara
la importación de la protección de los derechos de la ciudadanía y la obligación
que tiene el Estado para cumplir y hacer cumplir los derechos.
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